martes, 4 de noviembre de 2008

ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO

ALMACENES GENERALES DE DEPÒSITO

Los almacenes generales de depósito tienen por objeto el almacenamiento, guarda o conservación, manejo, control, distribución o comercialización de bienes o mercancías bajo su custodia o que se encuentren en tránsito, amparados por certificados de depósito y el otorgamiento de financiamientos con garantía de los mismos. También podrán realizar procesos de incorporación de valor agregado, así como la transformación, reparación y ensamble de las mercancías depositadas a fin de aumentar su valor, sin variar esencialmente su naturaleza. Sólo los almacenes estarán facultados para expedir certificados de depósito y bonos de prenda.


CERTIFICADOS DE DEPOSITO
El certificado de depósito es un título de crédito expedido por el almacén en favor del comerciante, y
representa las mercancías depositadas. Por tanto implica para el comerciante los siguiente derechos:
* Disponer de las mercancías amparadas en el título
* Exigir al almacén la entrega de las mercancías o el valor de las mismas.
La propiedad del adquirente de un Certificado de Depósito, queda subordinada a los derechos prendarios del
tenedor del Bono o Bonos de Prenda que se hayan emitido, así como el pago de todas las sumas que se deben
a los Almacenes y los demás gastos comprobados que se hayan causado.
Pueden emitirse certificados de depósito con la cláusula de "no transferibilidad".


BONOS DE PRENDA
El bono de prenda es un anexo del certificado de depósito que sirve al comerciante para obtener
financiamientos con la garantía específica sobre los bienes depositados. Estos financiamientos pueden ser
otorgados al comerciante por los propios almacenes generales de depósito o por terceros, a excepción de que
se exprese que el certificado de depósito es "no negociable".
Los Bonos de Prenda representan el contrato de mutuo celebrado entre el dueño de las mercancías o productos
y el prestamista, con la consiguiente garantía de los artículos depositados. Dichos bonos confieren, por sí
mismos, los derechos y privilegios de un crédito prendario, en los términos de la presente ley.


ALMACENAR ofrece a las empresas la expedición de títulos valores por sus mercancías, transferibles por endoso destinados a acreditar respectivamente la propiedad y deposito de las mercancías y productos, y la constitución de garantías prendarias sobre ellos.

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